Lo advirtió y no la oyeron: su pareja mató a sus hijos y ahora deberán indemnizarla

La Suprema Corte bonaerense obligó al Estado provincial a indemnizar a una mujer cuya pareja mató a sus dos hijos, al reprochar que la policía y la Justicia no escucharon las denuncias realizadas previamente por la víctima.

El inédito fallo obliga al Estado provincial a indemnizar a Adriana García, madre de dos niños de 2 y 4 años, quienes el 16 de octubre de 2000 fueron asesinados por su padre, Ariel Baulo, en un caso que conmovió a Mar del Plata.

La Corte rechazó los fallos de los dos tribunales inferiores, que le habían negado la razón a la mujer, y devolvió el caso a la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, ordenándole que fije el monto de la indemnización.

En el fallo, el máximo tribunal bonaerense expone la desidia con que la policía y la Justicia tomaron las denuncias de la mujer, incluso pocos días antes de que se cometieran los crímenes.

Según se relata, la Bonaerense se había limitado a tomar como «exposiciones civiles» las reiteradas denuncias por malos tratos que García realizaba contra Baulo, sin intervenir concretamente para que cesaran las agresiones.

Además, apuntó contra un tribunal de menores, que insólitamente hizo caso omiso a una presentación del hombre, quien tres días antes de cometer los asesinatos reconoció los hechos denunciados y señaló que en ocasiones solía interrumpir un tratamiento psiquiátrico al que se sometía.

En la presentación se enumera que la mujer había presentado cargos contra su exmarido por golpes contra ella y sus hijos, amenazas y amedrentamientos contra sus familiares y hasta «sucesos vinculados a conductas sexuales perversas».

Pese a las reiteradas denuncias, y ante la pasividad policial, Baulo degolló a sus dos hijos, pasó la noche en la misma cama con los cuerpos ensagrentados y a la mañana siguiente se entregó a la policía. El mismo día del crimen, una fiscal había archivado una de las denuncias contra el homicida, por considerar que los delitos «no estaban probados».

Finalmente, el asesino fue condenado a la pena de reclusión perpetua por los crímenes, y García inició posteriormente la demanda contra el Estado, advirtiendo que sus denuncias fueron desestimadas durante más de cuatro meses, pese a «los reiterados pedidos que anunciaban la probabilidad cierta de un final trágico».

En el fallo contra el femicida, los jueces destacaron que «los hechos hubiesen sido distintos de haberse tomado medidas adecuadas», tales como «una restricción de acercamiento o alguno que otro llamado de atención». Sin embargo, la Justicia rechazó en dos oportunidades la demanda de la mujer contra el Estado.

Llamado de atención

El fallo de la Corte da cuenta de actitudes que se repiten en la Justicia bonaerense. En casi todos los últimos casos de femicidios el entorno de las víctimas asegura que habían denunciado al victimario, pero no fueron escuchadas a tiempo.

En esta oportunidad, el máximo tribunal provincial reconoció que «las circunstancias fácticas previas al homicidio prueban que en el caso no se arbitraron los medios necesarios para procurar el cese de la violencia, ni siquiera evitar su acrecentamiento. El accionar resultó deficiente».

«Esas deficiencias cobran gran entidad en el contexto general de violencia familiar en que se encontraban sumergidos tanto las víctimas como el victimario. Los hechos oportunamente denunciados debieron ser debidamente investigados, evaluados: evidenciaban una  situación de riesgo, una peligrosidad ostensible», reprocha la Corte.

En ese marco, los jueces concluyeron que «existe un grado razonable de certeza en cuanto a la posibilidad que tuvo el Estado de evitar la muerte de los hijos de la actora, quienes vivían en un difícil entorno, ya que su madre fue crónica y gravemente maltratada por su esposo, tal como tuvo por acreditado el tribunal criminal».

«En el caso no se garantizó la seguridad ni se otorgó asistencia integral al grupo familiar que padecía violencia, quienes requerían protección urgente y la adopción de medidas preventivas», señala.

En relación al accionar de la Policía bonaerense, la Corte reprochó que «no tomó debidamente las declaraciones» de la madre de las víctimas, e incluso remarcó que «resulta objetable que el personal policial mirara televisión mientras deponían las testigos en sede de la comisaría».

También se cuestionó la actuación del Tribunal de Menores de Mar del Plata, que insólitamente hizo caso omiso a una presentación del padre de los niños, quien tres días antes de los crímenes reconoció las denuncias y confesó que, pese a ser enfermo psiquiátrico, «solía interrumpir su tratamiento». El tribunal advirtió a la secretaria de ese juzgado, quien firmó el acta pese a no haber estado presente en una audiencia que podría haber sido clave. (DIB) JG

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