La ANMAT prohibió la comercialización de una marca de chupetín

El producto se encuentra en infracción “por carecer de autorizaciones de establecimiento y por estar falsamente rotulado”.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y comercialización en todo el país del producto “Chupetín de caramelo duro”, elaborado por Golosinas Lunita de Rafael Ortigoza.

Según la disposición 1731/2018 de la Anmat, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el producto en cuestión no cumple la normativa alimentaria vigente y «no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado».
La Anmat señaló que el producto se encuentra en infracción “por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto y estar falsamente rotulado”. De esta forma, indicaron, se violó el “artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos, 6 bis, 13 y 155 del CAA ( Código Alimentario Argentino).

Por esta razón, la Anmat resolvió que el chupetín de dicha marca no podrá ser comercializado en ninguna parte del país.

«Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: «Chupetín de caramelo duro»- Golosinas Artesanales- marca «Lunita», elaborado por Golosinas Lunita de Rafael Ortigoza, dirección Camino San Carlos Km 4 ½, Córdoba, Argentina, RNPA N° 04038119, RNE N° 04003889, como asimismo de todo otro producto del RNE citado», dispuso el ente regulador.

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