Actividades deportivas: Impondrán multas a aquellos que incumplan los protocolos de bioseguridad
La disposición fue firmada en el decreto por el Intendente Ezequiel Galli, donde habilita las actividades deportivas tanto al aire libre como en los gimnasios.
Todas las actividades habilitadas deberán realizarse conforme a lo estipulado en los protocolos de bioseguridad y llevar un registro de todas las personas que concurran al establecimiento especificando fehacientemente día y hora de permanencia los que deberán ser registrados a tal efecto, con un mínimo de 30 días corridos de historia, para llevar a cabo una trazabilidad suficiente en el caso de producirse un contagio, a excepción de las actividades del running, ciclismo, pesca en el arroyo, patín carrera, skate y parapente, en las que no resulta factible su trazabilidad por el espacio donde se practican.
En el caso de los Clubes, sólo podrá funcionar en el horario previsto para las actividades habilitadas, además deberán tener un listado con los socios que practiquen las disciplinas deportivas autorizadas, siendo aquellos los únicos que podrán ingresar al establecimiento sin excepción.
Por otro lado, deberán tomar la fiebre que no podrá ser superior a los 37 y no se permitirá la utilización de juegos de plaza si los tuviere, ni espacios comunes de esparcimiento, pudiendo accederse únicamente a las instalaciones deportivas indispensable para la práctica deportiva.
Para los casos de incumplimiento a las disposiciones en el decreto y a los protocolos se impondrá una multa de $20.000 a $80.000 quedando sin efecto la habilitación otorgada para los casos de reincidencia.
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