0004404275

Obligan a una Obra Social a cubrir el aceite de cannabis para el tratamiento de una nena con epilepsia

La niña presenta un cuadro de «epilepsia hemiplejia espástica, otras anomalías cromosómicas, no clasificadas en otra parte» y se alimenta por medio de una sonda nasogástrica desde que tiene un mes de edad

La Justicia porteña decidió a hacer lugar a una acción de amparo impulsada por una mujer que reclama a la obra social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) que cubra íntegramente el aceite de cannabis para tratar a su hija, quien padece epilepsia.

La titular del juzgado Nº 4 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Elena Liberatori, dispuso que se proceda a hacerse cargo de la totalidad del tratamiento como también que se reintegre a la familia los montos abonados por el medicamento.

La niña presenta un cuadro de “epilepsia hemiplejia espástica, otras anomalías cromosómicas, no clasificadas en otra parte” y se alimenta por medio de una sonda nasogástrica desde que tiene un mes de edad.

Los médicos le habían sugerido a la madre de la paciente colocar un botón gástrico para reemplazar la sonda. Sin embargo, la intervención no se pudo hacer porque ObSBA no le entregó los insumos correspondientes a tiempo.

La magistrada entendió que la pequeña está comprendida en dos colectivos: ser niñas, niños y adolescentes y el de las personas con necesidades especiales. Por tal razón hizo lugar al fallo.

Comentarios

Compartir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *