Mató a su ex pareja en el Bingo de Olavarría: sin prisión domiciliaria ni salidas transitorias
Condenado a dieciocho años de prisión por haber asesinado a tiros en febrero de 2014 a su ex pareja en el Bingo de Olavarría, un militar retirado continuará en la cárcel, después de que desde la Cámara Penal fuera rechazado un recurso de apelación para que pudiera gozar de arresto domiciliario o, en subsidio, de salidas transitorias.
Llamado José Melitón Tapia Álvarez y actualmente de 78 años de edad, el autor de aquel asesinato y la víctima vivían en Azul cuando el luctuoso suceso tuvo como escenario el estacionamiento de la casa de juegos de la vecina ciudad.
A esos pedidos los presentó Pedro De Luca, actual defensor Particular del condenado.
En un principio, a la posibilidad de que José Melitón Tapia Álvarez pudiera gozar de arresto domiciliario o -en subsidio- de acceder a salidas transitorias desde la cárcel de varones de Azul donde sigue privado de la libertad se opuso la Jueza de Ejecución Penal, a través de una resolución que data del pasado 15 de mayo.
Contra dicho pronunciamiento, a la semana siguiente el penalista cachariense acudió a la Cámara Penal, donde presentó un recurso de apelación en busca de que se revocara lo que fuera resuelto en una primera instancia, con el objetivo de lograr también la concesión de algunos de los beneficios mencionados para su cliente.
Pero semanas atrás, desde la Alzada departamental terminó siendo confirmado lo decidido por la titular del Juzgado de Ejecución Penal 2, que depende del Departamento Judicial Azul y tiene su sede en General Alvear.
En consecuencia, los camaristas Carlos Pagliere (h) y Damián Cini ratificaron de manera unánime la decisión inicial de que el condenado siga en la cárcel.
Sobre ese aspecto se puso especial relevancia en la resolución más reciente vinculada con su situación. Y a esa circunstancia se adunó que, más allá de sus actuales 78 años, el militar retirado no evidencia ningún problema de salud que haga posible la concesión de algún beneficio que le permita dejar la cárcel donde sigue preso.
Un informe desfavorable
Además, otra circunstancia de peso terminó siendo mensurada -tanto desde la Cámara Penal como en una primera instancia- para rechazar ambos beneficios que se pedían para el condenado.
De acuerdo con el resultado de una pericia psicológica, José Melitón Tapia Álvarez no evidencia «una evaluación criminológica favorable». Y de la misma se desprende -según se citó en lo concluido por dos de los jueces de la Alzada- que reconoce haber cometido el crimen; pero que lo contextualiza como llevado a cabo «en el marco de una relación conflictiva con su última pareja, sobre quien sostiene un discurso descalificador peyorativo» y le atribuye haberle sido infiel.
«De su relato, nuevamente se colegiría ausencia de conciencia por el daño ocasionado a la víctima», se indicaba en dicho informe, donde se concluía que Tapia Álvarez «no habría arribado a un proceso de revisión crítica o reflexiva sobre su modo de proceder y las consecuencias del mismo, tendiendo a proyectar en el afuera la responsabilidad de su detención, sin avizorarse hasta el momento sentimientos de culpa ni permeabilidad ante el daño ocasionado a la víctima, ante quien muestra dificultades a la hora de subjetivarla en tanto semejante».
Cuando en una primera instancia la jueza de Ejecución Penal Adriana Bianco se opuso al otorgamiento de los beneficios que se pretendían para el militar retirado, «como elementos de reserva» que fundamentaban esa decisión de que el homicida siga en la cárcel había aludido en lo resuelto a «la magnitud de la pena» de dieciocho años de prisión que sigue cumpliendo, al tipo de delito por el que fue declarado «culpable» y a «la modalidad de la comisión del hecho».
También, la magistrada tuvo en cuenta en mayo pasado «el tiempo de condena que le resta por cumplir» al otrora militar, «la oposición» que desde parte del entorno familiar de la víctima surgiera con relación a que Tapia Álvarez saliera de la cárcel y a lo que revelaba el ya referido informe psicológico. Mismo dictamen que también se tuvo en cuenta en la Alzada departamental al confirmar la denegatoria de los beneficios que se pretendían para el penado.
Además, a través de lo decidido hace dos meses la Jueza de Ejecución Penal había exhortado al militar retirado para que comenzara a realizar con regularidad un «tratamiento psicológico».
El dato
Desde el 30 de marzo del año pasado José Melitón Tapia Álvarez, mientras continúa preso en la Unidad 7, se encuentra alojado en las llamadas «casitas», en el marco de un denominado «régimen abierto» que, así y todo, lo sigue teniendo encarcelado.
Según un jurado, no fue femicidio
Un testigo declara durante el juicio a Tapia Álvarez. El debate se desarrolló en los tribunales de Azul entre noviembre y diciembre de 2015. HÉCTOR GARCÍA/ARCHIVO/EL TIEMPO
Al juicio con jurados realizado en los tribunales de Azul José Melitón Tapia Álvarez había llegado acusado de un «femicidio», calificación penal que de haberse mantenido en ese proceso habría derivado en que -indefectiblemente- fuera condenado a prisión perpetua.
El veredicto de culpabilidad para Tapia Álvarez se había anunciado el 25 de noviembre de 2015. Y sobre la base de lo concluido ese día por el jurado de civiles, el 14 de diciembre de aquel mismo año Martín Céspedes -uno de los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal 1- le impuso esa pena de dieciocho años de prisión que todavía lo tiene en la cárcel al militar retirado.
Dicha sanción tiempo después adquirió rango de firmeza, al igual que la totalidad del fallo del juicio, y hace que todavía el autor del asesinato de su ex pareja continúe cumpliéndola en la Unidad 7 del Servicio Penitenciario Bonaerense.
En representación de las partes habían intervenido en el debate el fiscal Cristian Citterio y el por entonces defensor Oficial Martín Marcelli, quien una vez conocida la pena para su asistido -además de la intención de recurrir en Casación lo resuelto en aquella primera instancia- había afirmado que iba a solicitar que le otorgaran la prisión domiciliaria.
Pero del mismo modo que sucediera en ese entonces, tal beneficio recientemente volvió a ser pedido y denegado -junto con las salidas transitorias- para el ya penado Tapia Álvarez.

