Aguinaldo

¡Llega el aguinaldo! ¿ Cuando se cobra ?

Esperado por muchos, necesitado por todos. Lo que tenes que saber sobre el SAC.


Fin de año al caer, las fiestas vienen con él, los planes vacacionales, los regalos de Papa Noel, la temporada de pileta, ¡Todos gastos! Así acabará, como todos los años anteriores, el 2019 y nos recibirá la nueva década.

Y entonces, ¿Quién podrá ayudarnos?

Definitivamente, el Sueldo Anual Complementario (SAC) es una enorme ayuda cualquiera sea la situación económica en la que se encuentren las personas. Ya sea todo lo anteriormente nombrado u otras cuestiones como cubrir deudas, preparar una inversión o simplemente ahorrar.

Pero, ¿Qué significa exactamente el SAC?

El famoso y conocido aguinaldo. Es un salario adicional que perciben los trabajadores y que se abona en dos cuotas: una a mitad de año, en junio y la segunda parte en diciembre, la cual caer como regalo “papanoelesco”.

Según la ley que regula el SAC (Ley 27.073), los plazos para que los empleadores cumplan en el abono del aguinaldo son: el 30 de junio, para la primera mitad y en diciembre es el día 18. Pero cuentan con la posibilidad de aplazarlo 4 días.

Bien, entonces ¿Cómo sabemos cuánto nos corresponde?

Para responder esta pregunta, debemos posicionarnos sobre la Ley de Contrato de Trabajo, que dice que el SAC debe ser equivalente al 50% de la mayor remuneración que el empleado haya percibido dentro de los seis meses. Es decir, para la primera parte se toman en cuenta las remuneraciones desde enero a junio y, además del salario básico, se deben incluir las horas extras y los plus, si es que estos casos se dieron.

En el caso de que un trabajador no haya trabajado todo el semestre completo, la fórmula que debe emplearse es: aguinaldo multiplicado por días trabajados, dividido 180 (los días del semestre).

¿Se puede atrasar el pagó?

En el caso de aquellos trabajadores que cobren sueldos mensuales variables o por jornada, puede ocurrir que se atrace. En estos casos, el empleador tiene que esperar a que finalicen los meses de junio y diciembre para saber si estos fueron los de mayor remuneración obtenida. En estos casos se paga la fracción faltante o el medio aguinaldo recién a principios de julio o enero, respectivamente. Por el otro, se suele adelantar en el caso de trabajadores estatales vía resolución ministerial, tal como sucedió en el año 2018.

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