La ANMAT prohibió el uso y la venta de un ecografo portátil y productos odontológicos
Los productos odontológicos no cumplen con la información necesaria para ser comercializada y el equipo de imágenes fue denunciado.
En la disposición 2894/2020 se establece la prohibición del «uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio Nacional, hasta tanto se encuentren inscriptos en el registro de productores y productos de tecnología médica de esta administración, los productos médicos rotulados como: gutta percha points ek endotek n°80 made in México 120 hand rolled points sin datos del titular responsable en Argentina y «fresas odontológicas diamond instruments north bel, made in Italy, Standard shank 868/024 lot II-002196 sin datos del titular responsable en Argentina, ni fecha de vencimiento».
En los considerandos se explica que en el primero de ellos «no se observan datos del titular responsable en Argentina, ni el lote ni fecha de vencimiento y en el otro no se observan datos del responsable titular en Argentina, ni fecha de vencimiento».
Asimismo señala que «firma no ha exhibido ni aportado documentación que avale la procedencia de los elementos mencionados» y que «las unidades no describen en sus rótulos los datos del fabricante/importador responsable en la República Argentina».
Y destaca que no puede «asegurar que productos cumplan con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de productos médicos que ya requieren aprobación previa de esta Administración Nacional para su importación, fabricación y comercialización» y que «no se encuentren autorizados por esta administración».
En tanto la disposición 3033/2020 fija a prohibición del «uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos que se detallan a continuación «ecógrafo doppler portátil marca Sconosite, modelo turbo SN: WK2WLD», «Minidock sonosite, SN 03W786» y «Transductor L38XI Sconosite SN 03Z3H4».
En los considerandos sostiene que la decisión se debe a que «la firma importadora de productos médicos informó el robo» de tales productos.
Es por ello que asegura «a fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios de los productos involucrados toda vez que se trata de unidades individualizadas, de las que se desconoce su estado y condición, elevó las presentes actuaciones y surgió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos».
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