El reglamento de Coopelectric

El POT Junta firmas contra el cobro indebido de la “contribución por recambio de medidor”

La agrupación vecinal Por Olavarría Todos, reclama sobre el cobro indebido del ítem “Contribución por recambio de medidor”, dicha iniciativa se lleva adelante mediante la adhesión con la firma de vecinos de los distintos barrios de nuestra ciudad.

En este sentido Andrea Coronel referente del espacio vecinal expresó “manifestamos nuestra oposición rotunda desde la creación de este ítem en la facturación de agua, luego de una presentación en la Defensoria del Pueblo, “aun sin respuesta” es que iniciamos una junta de firmas en los distintos barrios de nuestra ciudad, para ser acompañadas junto a un petitorio dirigido a la Autoridad del Agua A.D.A con copia a INAES.- Contra la “Contribución por recambio de medidor”.

Sobre las razones por las que nos oponemos a esta contribución menciono Coronel, nos basamos en “La defensa de derechos elementales de los usuarios de servicios públicos y hacemos hincapié en primera medida en el Reglamento del Usuario de Coopelectric. Titulo V Medidores ART.Nº18 – CARGO INSTALACIÓN DEL KIT DE MEDICIÓN: El costo de incorporación al sistema medido, incluyendo la provisión e instalación del o de los medidores de caudales, se hará “sin cargo” a Usuarios que cuenten con conexión existente. Aquellos que no estén conectados gozarán de igual beneficio, debiendo abonar solo el cargo de conexión.; Quedando en evidencia de esta manera la Publicidad engañosa art. 9° Ley 22.802 de Lealtad Comercial, falta de información veraz (art 4° , 25° y 31 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor), Art. 4 Información. Quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos.

Art. 25 – Constancia escrita. Información al usuario. Las empresas prestadoras de servicios públicos a domicilio deben entregar al usuario constancia escrita de las condiciones de la prestación y de los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes. Sin perjuicio de ello, deben mantener tal información a disposición de los usuarios en todas las oficinas de atención al público.

Art. 31 En los casos que una empresa prestataria de servicios públicos facturase sumas o conceptos indebidos o reclamare el pago de facturas ya abonadas por el usuario, deberá devolver las sumas incorrectamente percibidas con más de los intereses y punitorios que cobra por mora en el pago de facturas, e indemnizar al usuario con un crédito equivalente al veinticinco por ciento (25 %) del importe cobrado o reclamado indebidamente. La devolución y/o indemnización se hará efectiva en la factura inmediata siguiente.

En este sentido expresan desde la Agrupación Vecinal: que es mas que evidente el abuso en contra del usuario, Nunca se renovaron los medidores, el estatuto que presenta la cooperativa, dice claramente que los costos de los medidores, los afronta la misma cooperativa, es claramente un cobro indebido, por ende les corresponde a los vecinos una indemnizacion por este cargo mal cobrado. “Nos indigna la administración desleal de Coopelectric, antes de inventar ítems abusivos, que se atienda a los numerosos cuestionamientos de la comunidad; Creemos en el cooperativismo pero con la participación real de los asociados en las decisiones”.

Por ultimo quienes se quieran sumar al reclamo pueden contactarse con los referentes del POT, quienes en los próximos días se encontraran recorriendo en busca de adhesiones los barrios Nicolas Avellaneda, Cnel Dorrego, Escuela 6, Mataderos, Barrio Trabajadores, 4 de Octubre, Sarmiento Norte, Pueblo Nuevo, Scac, Barrio Belen, Juan Martin de Pueyrredon, Alberdi, Sierras Bayas, Sierra Chica, Loma Negra, Hinojo o, a través de la pagina de Facebook “Por Olavarría Todos” se podrán solicitar las planillas para su firma.

Esperamos en unos días llegar a las 10.000 firmas… Los vecinos deben ser escuchados , finalizo la referente de POT.

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