«El Municipio entiende que Mansur se ha excedido en el uso de sus facultades otorgadas por la ley»
«El Municipio entiende que Mansur se ha excedido en el uso de sus facultades otorgadas por la ley», desde el Municipio difundieron el decreto con fecha del día 22 por el cual dan de baja al delegado de la localidad de Espigas a partir de ayer, el mismo tiene la firma del Intendente Municipal Maximiliano Wesner, la Jefa de Gabinete Mercedes Landivar y María Eugenia Bezzoni Secretaria de Economía y hacienda.
En el decreto indican que «durante este mes la secretaria de jefatura de Gabinete fue informada de la existencia de una serie de operaciones realizadas por el delegado de la localidad de Espigas, las operaciones mencionadas fueron comprobadas mediante la existencia de comprobantes entregados por el delegado municipal Mansur, que documentan cesiones realizadas sobre lotes que serían de propiedad privada».
«La cesión de lotes de terceros no es una facultad que se encuentre prevista como una de las competencias propias de los delegados municipales, conforme a lo establecido en el artículo 15 del decreto 3290/16, los delegados municipales serán alcanzados por las mismas responsabilidades que cualquier funcionario público y por lo tanto sujeto a los mecanismos y sanciones establecidas en la ley orgánica municipal».
Además el decreto menciona «conforme a lo establecido en el artículo 241 de la ley orgánica de las municipalidades establece el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que le conciernen en razón de sus cargos. Conforme a lo establecido en el artículo 3 del decreto se reserva al DEM la facultad de dejar sin efecto las designaciones de los delegados municipales de considerarlo pertinente mediante resolución fundada en justa causa».
«El Municipio entiende que Mansur se ha excedido en el uso de sus facultades otorgadas por la ley en el cargo que detentaba conforme prórroga dispuesta por el decreto 1447, por todo eso se dispone la baja respecto a sus funciones como delegado de la localidad de acuerdo a lo establecido en el artículo 108 de la ley orgánica de las municipalidades».