Motomandados

El Bloque UCR presentó un proyecto para reglamentar el servicio de mensajería y reparto a domicilio

En la jornada de este viernes, desde el Bloque UCR presentó un proyecto de ordenanza que tiene como objetivo reglamentar la prestación del servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias alimentcias.

Atento  a la necesidad de elaborar un marco normativo que permita determinar reglas claras para todos los involucrados que desarrollan el servicio de motomandados.

El proyecto del Bloque UCR, menciona que nuestra ciudad cuenta con un número considerable de motomandados, que están desarrollando el servicio sin que exista Legislación al respecto. Por eso y con los fines de mejor práctica y explotación del servicio debe definirse al mismo estableciendo un reglamento propio que comprenda vehículos, personas y comercios que podrán desarrollar el servicio de motomandados;

Además mencionan que es obligación del legislador elaborar un marco normativo que permita determinar reglas claras para todos los involucrados, lo que traerá aparejado un trato igualitario frente a las mismas situaciones y pautas básicas para resolver los conflictos que eventualmente pudieren presentarse.

Por otro lado desde el Bloque UCR, expresan que es facultad del HCD dictar Ordenanzas que conforme lo establece la Ley Orgánica Municipal tienen como objetivo reglar, en este caso, un servicio que se ha multiplicado en su prestación sin una normativa expresa que lo regule específicamente.

Por ello ponen a consideración el siguiente proyecto de ordenanza: tiene por objeto reglamentar la prestación del servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias, mediante el uso de motocicletas, ciclomotores o bicicletas, prestado por empresas a solicitud del usuario, mediante una retribución de dinero convenida por las partes o incluida en el valor de una compra en el ámbito municipal.

Mensajería Urbana: comprende el retiro y entrega de elementos varios de pequeña y mediana paquetería y/o la realización de gestiones desde su solicitud y hasta el o los domicilios que sean indicados por los clientes, sin tratamiento o procesamiento, utilizando como medio de transporte un motovehículo o ciclorodado.

Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias: abarca al transporte de sustancias alimenticias, desde el domicilio de su proveedor hasta su entrega en el domicilio que el cliente indique, utilizando como medio de transporte un motovehículo o ciclorodado. Dicho reparto no implicará el tratamiento y/o procesamiento de alimentos.

Prestador del servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias: persona humana o jurídica que presta, como actividad principal, el servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias a través de mensajeros y/o repartidores habilitados.

El Departamento Ejecutivo establecerá la dependencia que actuará como autoridad de aplicación de la presente ordenanza, la que tendrá a su cargo la responsabilidad de la habilitación y control a través de un “Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias”, de las empresas que tengan por objeto la prestación de los servicios detallados en los artículos precedentes.

Por último desde el Bloque UCR, propone la creación de un sitio web del Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, en el que deberá proporcionarse como mínimo, listado actualizado de los Prestadores del servicio y Repartidores y/o mensajeros habilitados para ejecutar los servicios regulados en la presente.

Instructivo de Inscripción con todos los pasos a seguir para los Prestadores del servicio y Repartidores y/o mensajeros habilitados.

Formulario electrónico de recepción de quejas y reclamos por parte de los usuarios, de los mensajeros y/o repartidores, de los locales comerciales y/o de cualquier otro interesado.

Puede ver el proyecto completo Bloque UCR.

Foto: archivo

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