Policía Bonaerense

Denuncia penal a policías que protestaron en Olavarría

En la jornada de ayer, Carmelo Vinci y Carlos Genson  mencionaron que «hemos interpuesto una denuncia penal solicitando que se investigue la posible comisión de los delitos tipificados en el código penal denominado delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional». Puntualmente la violación del art. 226 y 226 bis y/o por el tipo penal que surja de la investigación.

Por otro lado mencionan ante la denuncia penal que  «resulta a nuestro criterio palmaria la violación del art. 11 y 12 de la ley 13.982 y requerimos a la Fiscalía Penal de Instrucción que investigue la posible infracción de los mismos. Fue de público y notorio conocimiento que los días Lunes 7 en horas de la noche, todo el día martes, todo el día miércoles y al menos hasta el mediodía de hoy jueves 10 de septiembre que incoamos la presente denuncia, la Policía Bonaerense montada en patrulleros, por los efectivos de dicha fuerza de seguridad, con los efectivos en móviles policiales y otros caminando, uniformados y con las armas en la cintura, circulaban en la ciudad de Olavarría, no con el ánimo de custodiar las calles y garantizar la seguridad de la comunidad, sino manifestarse por un reclamo salarial».

«El recorrido en caravana de la ciudad de Olavarría fue con móviles policiales, pasando por la comisaria N°1 de la ciudad de Olavarría, y el extenso recorrido incluye también pasar a metros de la Municipalidad. Pero éste evento también ocurrió en la ciudad de La Plata en cercanías a la gobernación y también en la quinta presidencial».

A su vez dijeron «si bien los hecho acaecidos tuvieron alcance nacional, lo que resulta a nuestro parecer innegable y de gravísimo alcance institucional es que  uniformados, armados en móviles policiales, recorriendo las calles de las ciudades, en la puerta de la casa del Gobernador Axel Kicillof  y en la mismísima puerta de la quinta presidencial con sirenas policiales encendidas generando un temor generalizado en tanto la perpetración de los delitos tipificados en el artículo 226 CP».

«Es que ello explica la necesidad en que la autoridad judicial competente (para el caso el Ministerio Público a través de sus fiscalías) investigue la posible comisión de delitos de acción pública, por lo que luce necesaria y urgente la intervención de la justicia penal frente a la inminencia del acto electivo provincial».
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