¿Cuáles son las actividades habilitadas en Olavarría tras el retroceso a fase 3?
El día lunes, el Jefe Comunal en conferencia de prensa, anunció que nuestra ciudad retrocedía a fase 3 hasta el 2 de noviembre inclusive. Conoce en esta nota las actividades habilitadas.
Las actividades habilitadas y exceptuadas del distanciamiento social, preventivo y obligatorio son las siguientes:
Supermercados, almacenes y despensas, carnicerías, pescaderías, fiambrerías, granjas y pollerías, kioskos, verdulerías y fruterías, panaderías y confiterías, ferreterías, artículos de limpieza y lavanderías podrán funcionar de 8 a 20hs.
Venta de insumos agropecuarios, mayoristas de venta de productos alimenticios, provisión de garrafas y leña. De 8 a 20hs.
Veterinarias, farmacias, venta de equipamientos médicos y medicamentos, podrán funcionar de 8 a 20hs y sin límite de horario en el caso de urgencias o aquellas que estén de turno.
Médicos, odontólogos, centros de diagnóstico por imágenes, ótpicas, kinesiólogos, nutricionistas, fonoaudiólogos, psicólogos de 8 a 18hs con turnos previos y sin límite de horario en el caso de las urgencias.
Laboratorios de análisis clínicos de 7:30 a 18hs con turnos previos y sin límite de horario en el caso de urgencias.
Comidas elaboradas para llevar, podrán funcionar con delivery y con el modo «para llevar» permitiendo que sus clientes se apersonen a sus establecimientos a retirar los pedidos hasta las 23,30hs. Para el retiro de los pedidos los clientes deberán respetar el distanciamiento social que nunca podrá ser inferior a los dos metros.
Cervecerías y vinotecas, podrán funcionar hasta las 18hs y hasta las 21hs con delivery.
Estaciones de servicio, servicios postales y distribución de paquetería funcionarán sin restricción horaria alguna.
Registros de la propiedad automotor y de las personas podrán funcionar de 8 a 18hs.
Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas, al igual que fabricación, venta y reparación de neumáticos de 8 a 18hs.
Venta de repuestos partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas de 8 a 18hs.
Venta de artículos de librería e insumos informáticos de 8 a 18hs.
Las oficinas de obras sociales, mutuales, medicinas prepagas, podrán funcionar de 8 a 18hs.
Comercios de venta por mayor y menor de 8 a 18hs.
Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios de 8 a 18hs.
Oficios y profesionales de 8 a 18hs.
Servicio doméstico de 8 a 18hs.
Establecimiento que desarrollen cobranzas de servicios e impuestos de 8 a 18hs
Agencias de venta de automotores y vehículos de 8 a 18hs
Lavaderos de automotores, de 8 a 18hs.
Peluquerías y centros de estética de 8 a 18 con turnos previos.
Estacionamiento medido de 8 a 18hs.
Mudanzas y fletes de 8 a 18hs.
Agencias de lotería de 8 a 19hs.
Todas las actividades habilitadas deberán funcionar con estrictos protocolos de bioseguridad.